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El incumplimiento  contractual  de la madre gestante o sustituta 

 

 

Es claro que la madre gestante  puede en la práctica incurrir  en un conjunto de comportamientos  que bien podrían conllevar la configuración de los causales  del incumplimiento del contrato de gestación subrogada. La práctica corriente  en nuestro medio ha señalado  los siguientes comportamientos o hechos reveladores. 

 

El traslado inconsulto  de la madre gestante  a otro lugar diferente  a aquel   en que habitualmente constituye su domicilio personal. Este hecho producirá inconvenientes en la ejecución del contrato, debido a que la pareja  contratante  de la gestación subrogada  se vería  marginada por la posibilidad  de efectuar el seguimiento  a la evolución del feto  y futuro hijo.

 

La negativa reiterada  de la madre  gestante a la práctica  de exámenes médicos  de diagnóstico  y control de su proceso gestacional  y en general de su estado de salud física mental.

 

El deliberado descuido  en la toma de medicamentos  y en el seguimiento de  recomendaciones  médicas aconsejables  a su particular estado gestacional. 

 

La práctica de actividades  deportivas, laborales  y en general, de acciones que impliquen poner en riesgo su propia  vida y la del hijo en gestación.

 

El consumo habitual de bebidas embriagantes, sustancias psicotrópicas  y drogas en general  que alteren o puedan llegar a alterar  las condiciones físicas  y la estabilidad  psicológica afectiva  tanto para la madre gestante como para el feto.

 

El descuido deliberado  en los hábitos alimenticios  y en las dietas  aconsejadas  por los especialistas, atendiendo su particular estado de madre gestante. 

Interrupción del embarazo por decisión  de la madre gestante, es decir aborto. Se trata de un  lamentable  caso de irresponsabilidad  de la madre gestante  de un ovulo fecundado ajeno. 

 

Interrupción del embarazo por causas naturales. las causas naturales son hechos involuntarios  difíciles de evitar  por el ser humano, haciéndose  necesario un análisis específico para cada caso, ya que de comprobarse fortuito o de fuerza mayor  no conducirían a establecer responsabilidad alguna en la madre gestante. 

 

 

Cumplimiento contractual 

 

 

 Se trata de un escenario ideal  en el que cada una de las partes logra u obtiene la finalidad perseguida en el respectivo vínculo contractual. El presente  caso el  nacimiento del hijo concebido  en vientre diferente  a la madre  aportante del ovulo fecundado constituye un presupuesto fundamental para que se produzcan efectos jurídicos propios de  todo nacimiento , ya que la interrupción del proceso de gestación por cualquier causa  ya sea natural o provocada , malograría el propósito fundamental  del contrato  que consiste   en la procreación de un nuevo ser humano. 

 

En este sentido surgen para cada  una  de las partes, madre aportante del ovulo fecundado y madre portadora de las mismas obligaciones reciprocas  de diferente contenido y alcance. De un lado la madre  contratante del vientre estará ante la obligación  de cancelar  la contraprestación económica  con la cual se obligó  frente  a la madre portante o en su defecto , al saldo pendiente de esta prestación económica , que bien ha venido en llamarse canon de arrendamiento , ya que es el beneficioso económico recibido por la madre  que ha adelantado el proceso gestional. 

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