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caracteristicas del contrato 

 

  • Típico: se trata de una modalidad negocial que ha sido ampliamente regulada o reglamentada en el ordenamiento jurídico.

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  • Nominado: la ley le ha dado un nombre 

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  • Bilateral: toda vez que a partir del momento de la celebración del contrato surgen obligaciones  y derechos para ambas partes contratantes. 

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  • Oneroso: porque el arrendador permite  que el arrendatario, disfrute  del inmueble arrendado  a cambio de una contraprestación económica. 

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  • De ejecución sucesiva: indica que las obligaciones  de las partes se cumplen mediante la ejecución  permanente en el tiempo de los actos positivos.  Es decir por parte del arrendador, permitiendo el uso y el goce del bien, y por parte del arrendatario cancelando oportunamente la renta. 

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  • Conmutativo: el contrato  presume una razonable equivalencia  en las cargas prestaciones que asumen las partes, haciendo que cada contratante  considere estar obteniendo un beneficio equivalente al derecho que cede o al dinero que cancela.

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  • Generador de obligaciones: las cuales no necesitan de la existencia  de otras para subsistir 

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  • Es celebrado mediante  la declaración verbal o escrita 

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  • Es contrato de contraprestaciones : en el cual hay protagonismo entre el goce de la cosa y el canon 

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  • Es contrato de forma libre 

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  • Es definitivo: En tanto las relaciones y las situaciones jurídicas que dé el surgen no requieren de un nuevo contrato para consolidarse

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  • . Es simple: Mientras no se halle imbricado con otro negocio.

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  • Es bipersonal: Pues siempre en su celebración aparecen dos personas.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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